D. Eduardo Fernández Navarro Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo (Madrid)
HAGO SABER :
Que por Decreto de Alcaldía-Presidencia, de 26 de septiembre de 2024, se ha dictado el mismo con el siguiente tenor literal:
Don Eduardo Fernández Navarro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
Dado en Villanueva del Pardillo, a la fecha y con las firmas electrónicas que constan en este documento.
Con motivo de las próximas Fiestas Patronales que se van a celebrar en este municipio durante los días 16 al 20 de octubre de 2024 y en virtud de lo dispuesto en:
Artículo 4 de la Orden de 21 de abril de 2022, del Consejo de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el régimen relativo a los horarios de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público.
Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales, Recintos e Instalaciones, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Ordenanza municipal reguladora en materia de prevención de ruidos.
Artículo 13.8 de la Ordenanza reguladora de la Autorización Temporal y régimen de funcionamiento de las terrazas anejas a establecimientos hosteleros o comerciales.
ACUERDO
PRIMERO. Dejar sin efecto el Decreto y Bando de fecha 26/09/2024.
SEGUNDO.
Autorizar la instalación de carpas dentro de los límites autorizados para las terrazas, siempre que las mismas se encuentren debidamente ancladas y garanticen la seguridad de los viandantes y/o usuarios de las mismas.
Autorizar la instalación de Barras siempre que éstas no superen los límites autorizados para las terrazas y sus ampliaciones.
Autorizar el uso de planchas y barbacoas en el espacio autorizado para la terraza. La ubicación de barbacoas y planchas deberá realizarse siempre garantizando la seguridad de los viandantes y vecinos.
TERCERO. Autorizar el uso de música a los locales afectados según plano anexo hasta el máximo de hora permitido según bando de 26/09/2024. Queda suspendido de manera provisional durante el periodo de celebración de las Fiestas Patronales los objetivos de calidad acústica.
CUARTO- Todas las autorizaciones quedan supeditadas al horario establecido en el bando de fecha 26 de septiembre de 2024.
QUINTO- Deberán de colaborar con los Agentes encargados de la seguridad, en cuanto a las indicaciones, que, por motivos de seguridad, puedan recibir de estos mismos. Pudiendo incurrir en infracción penal en caso de incumplimiento.
SEXTO – La presente autorización queda condicionada a que los establecimientos se encuentren al corriente de pago de las terrazas. Las mesas y sillas instaladas no podrán superar el espacio delimitado por las terrazas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
EL ALCALDE-PRESIDENTE